Términos y condiciones de reserva
Especiales
- No fumar a bordo. Solo se permite fumar en las áreas exteriores designadas por la tripulación.
- Los menores deben estar siempre acompañados o supervisados por un adulto, no por la tripulación.
- Se permite el buceo profesional bajo la supervisión de profesionales calificados en áreas autorizadas.
- En la medida en que las regulaciones operativas locales requieran una licencia para operar embarcaciones personales, embarcaciones auxiliares o embarcaciones auxiliares, el FLETADOR garantiza que el OPERADOR tendrá dicha licencia.
- No obstante lo anterior, el FLETADOR reconoce que el uso de la embarcación personal, embarcación auxiliar o auxiliar (incluido Seabobs) es por su cuenta y riesgo y se compromete a indemnizar, defender y mantener indemne al PROPIETARIO, sus funcionarios, agentes y empleados de y contra cualquier reclamo, daño, gasto o responsabilidad que surja de la ejecución de este Acuerdo o del uso de la embarcación personal, embarcación auxiliar o auxiliar, incluidos, entre otros, reclamos, daños, gastos o responsabilidades por multas, pérdida o daño a cualquier propiedad, o por la muerte o lesiones a cualquier persona o personas.
- El corredor no es responsable por el uso de juguetes náuticos no incluidos en el inventario de la embarcación y el arrendatario y la empresa propietaria serán responsables de su correcto uso.
- Las partes, sobre la base de que este contrato trata exclusivamente del arrendamiento de la embarcación definida en el considerando 1, acuerdan que si el arrendatario utiliza al mismo tiempo que la embarcación antes mencionada algún elemento náutico – embarcación, Seabob, Jet Ski o cualquier otro elemento similar, será el único responsable del mismo. Los daños que puedan ocasionarse a cualquier persona o cosa o a la embarcación arrendada para su uso durante la vigencia de este contrato serán a cargo del arrendatario con sus bienes presentes y futuros.
- Esta cláusula libera expresamente al contrato de fletamento de todos los elementos relacionados con su contenido.
- Los pagos (IVA incluido) deben desembolsarse en su totalidad antes de embarcar.
- Dar propina a la tripulación es una práctica común y voluntaria, aunque no obligatoria, a discreción del arrendatario.
- Absolutamente nada de drogas ilegales o armas a bordo.
Uso de la embarcación
El Arrendatario se compromete a hacer un buen uso de la embarcación y mantenerlo en buen estado, así como asumir la responsabilidad de la integridad de todo lo contenido en este inventario, haciéndose responsable de cualquier daño, rotura, robo o pérdida.
El capitán será el responsable de la navegación y la navegación con las medidas de seguridad adecuadas. Por tanto, el Arrendatario y el resto de pasajeros se comprometen a obedecer en todo momento las instrucciones del capitán y de la tripulación.
El Arrendatario será responsable de todas las acciones realizadas por los huéspedes a bordo. El Arrendatario se compromete a no embarcar a más personas de las autorizadas por la ley y la licencia de la embarcación. El arrendatario solo podrá utilizar la embarcación para cruceros de placer. Queda expresamente prohibido el comercio, subarrendamiento, transferencia, pesca profesional, transporte, regatas o cualquier actividad o uso prohibido por la ley. En tal caso, el Arrendatario responderá
personalmente ante las autoridades correspondientes, incluso en el caso de faltas involuntarias. Si alguna de estas circunstancias resulta en la detención del buque, el Arrendatario deberá pagar al Arrendador una compensación equivalente a la tarifa de fletamento vigente durante el tiempo que el buque esté detenido. En caso de decomiso, el Arrendatario deberá reembolsar el valor de la embarcación en un plazo de 10 días, que se fijará, a partir de ese momento y de común acuerdo, como valor en la póliza de seguro de la embarcación fletada.
Precio, Depósito, Pagos, Extensión y Combustible
La vigencia de este contrato estará sujeta, como cláusula suspensiva, al pago por parte del Arrendatario del 100% del precio total del alquiler.
La cantidad provista como depósito de estancia a bordo (APA) se utilizará para cubrir todos los gastos incurridos por el alquiler que no están incluidos en la tarifa del alquiler (es decir, combustible, comida y bebida, tarifas de amarre fuera del puerto base, etc.) Si no se aplica la fianza APA, el Arrendador deberá abonar los gastos derivados del alquiler antes de desembarcar. Si el APA es mayor que los gastos incurridos, el monto restante se reembolsará al Arrendador; si la APA no cubre los gastos incurridos, el arrendatario se compromete a pagar la diferencia.
La cantidad a pagar por combustible se calculará en base a las horas de motor utilizadas cada día de navegación o las millas navegadas, tomando en cuenta el consumo de la embarcación. Si el pago no se realiza antes del embarque, el combustible deberá pagarse antes del desembarque. El contrato se concluirá a la entrega de la embarcación. El Arrendador hará todo lo posible para que esa fecha coincida con la establecida. En caso contrario, se abonará el exceso dinerario, en su caso, o una compensación económica equivalente.
Si el Arrendatario se ve privado total o parcialmente del uso de la embarcación por un mal funcionamiento durante el fletamento, no tendrá derecho a solicitar el reembolso de las cantidades abonadas salvo que sea imputable a la prestación del servicio, en cuyo caso el Arrendatario será reembolsado por los días restantes del contrato.
Si por mal funcionamiento o cualquier motivo ajeno al Arrendador con anterioridad al inicio del período de fletamento no fuera posible entregar la embarcación arrendada, se le entregará una embarcación de idénticas o similares características. Si esto no es posible, se ofrecerá al Arrendatario una embarcación de categoría inferior (con el posterior reembolso de la diferencia proporcional en la tarifa del fletamento) o el precio total pagado en ese momento por el fletamento, a su elección.
El Arrendatario se compromete a pagar al Arrendador la cantidad equivalente al precio pactado en el contrato de fletamento correspondiente al plazo, seguro, equipo y servicios adicionales, así como los impuestos y tasas aplicables; al cantidad total o parcial del daño no cubierto por las exenciones acordadas por el Arrendatario; el importe correspondiente a las multas por cualquier infracción a la legislación vigente, así como los gastos correspondientes a retrasos en el pago y los gastos judiciales y extrajudiciales en que pueda incurrir el Arrendador como consecuencia de lo anterior.
Seguro
La embarcación objeto de este contrato está cubierta por una póliza de seguro. Una copia de esa política está a bordo. El Arrendatario reconoce conocer su contenido y alcance y se compromete a tomar todas las medidas necesarias para actuar de conformidad con las obligaciones allí contenidas, siendo el único responsable de las consecuencias derivadas del incumplimiento de dichas obligaciones. El corredor tiene un seguro de responsabilidad civil válido.
Términos
Las condiciones estipulado en los términos particulares de este acuerdo no puede ser modificado o cambiado sin autorización.
Pertenencias de los pasajeros durante el acuerdo
El corredor no se hace responsable de los posibles daños o pérdidas de las pertenencias de los pasajeros que puedan ocasionarse durante la vigencia del fletamento.
Cancelación y anulación
El Arrendatario, 60 días antes de la fecha prevista para la devolución de la embarcación, podrá desistir unilateralmente del contrato de fletamento sin necesidad de pagar indemnización alguna y con derecho al reembolso de las cantidades abonadas. Después de ese período, la política de cancelación se aplicará al charter.
En los chárter de un día, si el capitán considera que las condiciones meteorológicas pueden afectar la seguridad de la navegación, podrá posponer el chárter a otra fecha, dependiendo de la disponibilidad de la embarcación o reembolsar la totalidad de la tarifa del flete, según lo decida el Arrendatario.
Legislación
Este acuerdo se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes del país donde se firma. Las partes, con renuncia expresa a su fuero propio o a cualquier otro fuero al que tuvieran acceso, se comprometen de mutuo acuerdo a someter cualquier controversia derivada del contenido o interpretación de este acuerdo a los jueces y tribunales de Madrid y a los superiores correspondientes en la jerarquía.
En caso de incumplimiento de las obligaciones contenidas en este contrato, el Arrendatario y todos los miembros de su tripulación serán responsables de las consecuencias derivadas del mismo. Si un tercero presenta una reclamación contra el Arrendatario, liberará al Arrendador de cualquier responsabilidad.
